jueves, 26 de junio de 2008

Alegaciones más completas

En relación con la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto URF (fábrica de coque), promovido por Petróleos del Norte S.A., quiere alegar que:
Estas nuevas instalaciones y unidades producirán un incremento declarado de emisiones atmosféricas de 831,3 toneladas de S02, 493,7 de Nox y 25,3 de partículas/año. Los vertidos, se incrementan en 410.328m3 . Se producirán unas emisiones de olores notables y un incremento medio de ruido de cerca de 2dB (según las estimaciones del estudio, que se estiman optimistas).

Estas nuevas unidades y modificaciones de las anteriores no se plantean buscando una mejora ambiental para el entorno (o para el medio ambiente global) sino como consecuencia de la necesidad de procesar crudos mas pesados y como consecuencia de la evolución del mercado que ya no compra casi fueloleos pero si gasóleos. Así pues, y pese al planteamiento efectuado por el Promotor en el sentido de que este proyecto supone una ventaja para el medio ambiente en general, al mejorarse la calidad de los combustibles que se producirán, el verdadero objetivo es económico y de mercado, y esta claro que la situación ambiental de Muskiz empeorará. De hecho, nunca hasta la fecha, se ha producido en Petronor un cambio en los sistemas de producción que haya tenido como objetivo mejorar el impacto ambiental de la Refinería sobre su entorno.

La modificación que puede llamar la atención en un primer momento, es el horno de coque. El horno aumentará las emisiones contaminantes que además, ahora incluirán dosis de H2S (sulfhídrico) y producirá partículas de un tamaño muy pequeño que son mas difíciles de medir y de prevenir, y mas peligrosas para la salud. Se incrementará el riesgo de incendios y explosiones por el coque almacenado.

Sin embargo, hay otras dos instalaciones de un poder contaminante también muy alto; la torre de refrigeración y la nueva instalación de cogeneración.

Respecto de la Torre de Refrigeración, podemos señalar los siguientes datos:

1. Puede dar lugar a la formación de nieblas, cuando el vapor de agua condensado del penacho entra en contacto con el suelo.

Cuando además, la temperatura ambiente sea baja (por debajo de 3ºC) se pueden formar heladas.
Puede provocar pérdida de energía solar provocada por la sombra proyectada por el penacho de vapor de agua. El estudio reconoce 35 horas de sombra adicionales en promedio durante el período de un año analizado en un radio de 200 m de la torre, y una energía solar total perdida en promedio de unos 1,4 MJ/m2 en un radio de 200 m, lo que se traduce en un porcentaje de pérdida del 0,2%. Estas apreciaciones parecen optimistas a juicio de otros técnicos

El número de horas de sombra, en cualquier caso, se intensificará en el barrio de San Julián porque el efecto de la nueva Torre se solapara con el efecto que ya provoca la Torre 3 de la Refinería.

Además, la Torre ejercerá efecto de deposición de sales sobre la vegetación de los alrededores y tendrá una emisión de ruidos que será la mas alta de las existentes en la Refinería, llegándose a los cerca de 100dB en situación de funcionamiento

No está clara en el estudio la inexistencia de otras formas de producción de vapor menos lesivas

Respecto de la nueva instalación de cogeneración:

La producción actual de electricidad en MWh/año, es de 389.260. Con la nueva planta de cogeneración se incrementara en 379.965 , por lo que el total final será de 769.225

De este total, según el estudio, se venderá a la red una cantidad importante, aproximadamente el 42% . El resto de la energía eléctrica se consumirá en las actuales instalaciones de refinería, suponiendo mas o menos un 58% .

La instalación, por su capacidad instalada será considerada una Gran Instalación de Combustión. Generara una buena parte de las nuevas emisiones que serán debidas a la combustión en la turbina de gas y en los quemadores de postcombustión de la caldera de recuperación de calor. En términos de emisiones sonoras, emitirá 85dB en continuo en la fase de funcionamiento (según el estudio)


Teniendo en cuenta todo lo anterior, podemos concluir, sobre el contenido del Estudio de Impacto Ambiental analizado que :


- El estudio parte de la idea de que el impacto sobre el medio ambiente será positivo debido a que los nuevos combustibles que se producirán serán menos contaminantes. Pero el ámbito de la Evaluación de Impacto debe ser el entorno de la Refinería, y nunca han de ponerse en el mismo plano los impactos negativos locales con respecto a las supuestas ventajas que al medio ambiente mundial, europeo o español pudiera generar el proyecto.

- El estudio reconoce afecciones al medio ambiente atmosférico de Cantabria, y en consecuencia, se han tenido en cuenta las mediciones de la estación de control de la contaminación atmosférica de Castro Urdiales. Pero la Comunidad Autónoma de Cantabria no ha sido oficialmente consultada en este procedimiento pese a la obligación que en ese sentido establece la Ley General de Medio Ambiente del País Vasco.

- El estudio, en la parte relativa a “alternativas” se suele referir a alternativas técnicas para el diseño y la implantación de las unidades descritas. Pero es preciso presentar alternativas al propio proyecto. En particular ha de valorarse objetivamente la opción “0”, (el no desarrollo del proyecto), y además es preciso presentar alternativas de localización, llevando a cabo el ejercicio de valorar dichas alternativas.

- El estudio no se refiere a la opinión pública. Pero el Reglamento 1131/88 de Evaluación de Impacto, establece la obligación de que se incorpore al estudio un apartado relativo a la opinión publica y su aceptación o rechazo del proyecto, en el que se indicarán los procedimientos utilizados para conocer el grado de aceptación o repulsa social de la actividad

- El estudio no contiene ninguna referencia sobre la salud de la población.

- El estudio señala en términos de emisiones atmosféricas el incremento mencionado de 831,3 toneladas de S02, 493,7 de Nox y 25,3 de partículas. Pero:

o No se describe la situación pre-operacional.
o No se da cuenta de todas las emisiones en cantidad y composición, para cada uno de los nuevos focos.
o No se indican medidas satisfactorias para la reducción de partículas y COVs.
o No se valoran ni previenen los olores que se incrementaran.
o No se trata la contaminación lumínica.
o No se trata la contaminación electromagnética.
o Los niveles de ruido esperables, que se incrementarán en unos 2dB en las estimaciones mas optimistas, sobrepasan los niveles recomendables para la salud y las propias indicaciones de la administración competente, sin que se cuente, ni anexo al estudio ni entre las “medidas correctoras” con ningún plan adecuado para limitar tales niveles..


- Respecto de los riesgos, no se explicita como se controlara el previsible riesgo de incendios y explosiones por el coque almacenado. El estudio no ofrece auténticos estudios de riesgos, sino un avance (Anexo XVII) cuyo contenido es insuficiente para una valoración real de los nuevos riesgos que implicara este proyecto para la población y el medio ambiente. Se deberá incorporar un Plan de Prevención de Incendios que incluya las acciones necesarias para evitar fuegos forestales y su propagación, durante las obras y en la fase de explotación.

- Respecto de los vertidos, se incrementan en 410.328m3 sobre un medio receptor (Punta Lucero) ya muy deteriorado, al que no se plantea ninguna alternativa y al que no se dota de emisor submarino (tuberías que alejarían los vertidos de las costas).

- No se calcula el impacto sobre elementos del Patrimonio Cultural o la manera en que la contaminación del aire está afectando o pudiera afectar al Castillo de Muñatones, inventariado como bien cultural integrante del Patrimonio de Euskadi.

- No hay un estudio de la afección de este proyecto al LIC Ría de Barbadun, a la luz de sus objetivos de conservación, tal como exige la legislación vigente, examinando en particular las afecciones a las especies vegetales prioritarias, tanto por contaminación atmosférica como por los cambios en el microclima local, estableciendo con claridad cuales son los periodos de edificación y cría de las especies de aves presentes y examinando asimismo los posibles impactos del aliviadero de vertidos al Río Barbadun y el impacto de ruidos del tráfico de camiones, al haberse optado por situar una de sus zonas de carga en el área mas próxima al LIC.

- No hay manera de mitigar el impacto que el tráfico de camiones va a ejercer sobre la atmósfera, el tráfico y la calidad de municipio en general. No se ha estudiado la existencia de alternativas para el transporte.

- No hay medidas correctoras para los impactos en el microclima de la Torre de refrigeración (pérdida de energía solar, mas días de niebla y heladas).


Por todo ello solicitamos que la Autorización Ambiental Integrada y EIA de las nuevas unidades del Proyecto URF presentados por Petronor sean NEGATIVOS. Eso respetaría la función de este procedimiento (destinado a estimar “a los solos efectos ambientales”, como señala la legislación, la conveniencia o no de realizar un proyecto) y situaría el campo de discusión en el terreno político; la oportunidad o no de llevar adelante este proyecto por razones diferentes de las ambientales. Y el consecuente establecimiento, no de medidas correctoras, que en la mayoría de los casos son inexistentes e inviables, sino de medidas compensatorias.

No hay comentarios: